Economía de la Empresa y del Derecho y Organización Industrial

Poniéndole puertas al campo: Notas sobre la reforma de la ley de la cadena alimentaria

El campo español atraviesa una situación complicada. El rápido aumento de los costes de producción en los últimos años y la competencia de las importaciones procedentes de terceros países amenazan la continuidad de un número creciente de pequeñas explotaciones agropecuarias en España y buena parte de Europa, alimentando un creciente malestar entre los afectados que se traduce en ocasiones en movilizaciones y protestas muy visibles. Para paliar los problemas del sector, la UE y los gobiernos nacionales han establecido diversos tipos de ayudas y han introducido cambios legislativos que buscan proteger a los operadores más débiles, especialmente los pequeños productores primarios, de posibles abusos por parte de grandes empresas agroalimentarias y de distribución, aumentando así la rentabilidad de sus explotaciones y facilitando su continuidad.

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Programas de fomento de la digitalización de las Pyme en el Plan de Recuperación: lógica, diseño y planes para el seguimiento y análisis de sus resultados

Fedea publica hoy el primer progress report del Grupo de Trabajo Mixto Covid-19 sobre los programas de fomento de la digitalización de las Pyme en el Plan de Recuperación.

Con un presupuesto de más de 3.000 millones de euros, el programa Kit Digital (PKD) es el más importante de los programas del Plan de Recuperación centrados en la digitalización de las empresas. Tras algunas reflexiones sobre la lógica de las ayudas públicas a la digitalización de empresas privadas, en el presente documento se describe el diseño del PKD a partir de la orden de bases y de la primera convocatoria, ya publicadas, y se ofrecen algunas reflexiones sobre diversos aspectos del proyecto. Seguidamente, se esboza un plan de trabajo centrado en el seguimiento del diseño e implementación del programa desde la perspectiva de las empresas a las que va dirigido y en la evaluación de su impacto sobre el desempeño empresarial y el bienestar social, utilizando tanto técnicas cualitativas como herramientas estadísticas formales. Pese a tratarse de un trabajo en proceso, hemos optado por publicar el documento en su estado actual con el objetivo de recabar la colaboración de las entidades y empresas que participan en el proyecto como gestoras o beneficiarias y de organizaciones e investigadores que pudieran estar interesados en el tema.

Comentarios al proyecto de reforma concursal

Tras completar un largo proceso de elaboración que ha durado más de dos años, se encuentra en tramitación urgente en las Cortes el proyecto de ley de reforma concursal (PLRC). De todas las reformas incluidas en el Plan de Recuperación, la que afecta al sistema concursal es quizá de las que menos atención mediática está recibiendo, pero está, sin duda, entre las de mayor interés, no sólo por su importancia intrínseca sino también porque la pandemia hace más necesario que nunca contar con mecanismos ágiles de reestructuración y liquidación de empresas.


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Las enormes lagunas de la ley “crea y crece”

FEDEA publica hoy una nota de Benito Arruñada (U. Pompeu Fabra) sobre el proyecto de ley de creación y crecimiento de empresas, recientemente remitido a las Cortes en cumplimiento del compromiso adquirido con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación. El autor valora positivamente la voluntad del Gobierno de aliviar las cargas y frenos a la creación y crecimiento de nuevas empresas. Sin embargo, también considera que el proyecto se centra en cuestiones secundarias en detrimento de otros temas de mayor importancia que merecerían su atención.

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Boletín nº13 de seguimiento de los aspectos económicos de la crisis del Covid: Compilación de las principales medidas económicas y sociales adoptadas en 2020-21 para paliar los efectos de la crisis

Este documento es parte de una serie de boletines de seguimiento de la crisis del Covid. En él se recopilan las principales medidas económicas y sociales adoptadas por el Gobierno central durante 2020 y 2021 para paliar los efectos de la crisis.

¿Merecen las startups una protección especial?

De acuerdo con lo previsto en el apartado de reformas del Plan de Recuperación, el Gobierno ha enviado recientemente a las Cortes el proyecto de ley de start ups o empresas emergentes innovadoras. La norma establece incentivos fiscales y ciertas ventajas administrativas para las empresas de reciente creación que cumplan determinados requisitos y tengan carácter innovador. Entre estos incentivos se incluyen un tipo reducido del Impuesto de Sociedades, mayores exenciones por inversión, un mejor tratamiento de las stock options para empleados y un régimen ventajoso de tributación para el personal de estas empresas que se traslade a España para trabajar. La certificación del carácter innovador, necesaria para acceder a tales beneficios, se encomienda a la Empresa Nacional de Innovación, ENISA, una empresa pública que hasta el momento se dedicaba a la financiación de “proyectos de emprendimiento innovador.”

Fedea publica hoy una nota crítica de Benito Arruñada (UPF y Fedea) sobre el proyecto de ley. En su opinión, el trato de favor que la norma extiende a ciertas empresas emergentes sólo estaría justificado si existiese evidencia clara de que éstas generan efectos externos positivos y significativos, cuestión a la que apenas se hace referencia en el proyecto de ley. Un aspecto especialmente problemático del texto es que éste no acierta a definir de manera precisa las empresas merecedoras de tales ventajas, optando por establecer un proceso de homologación ad hoc encomendado a una entidad de muy dudosa competencia para certificar qué empresas merecen o no un trato especial. El autor concluye que la combinación de indefinición y discrecionalidad puede da lugar a consecuencias indeseadas, incluyendo la competencia desleal por parte de las empresas favorecidas, el desperdicio de ventajas comparativas al dedicar recursos escasos a actividades inadecuadas y los costes reales derivados de la búsqueda de rentas y de la burocratización de las decisiones económicas.

Documento completo

Arrruñada, B. (2022). “Comentario al proyecto de ley de startups.” FEDEA, Apuntes no. 2022-01. Madrid.

The Organization of Public Registries: A Comparative Analysis

Este trabajo analiza las principales alternativas disponibles para organizar los registros públicos, comparando cinco modelos de organización: (1) las burocracias o “centros de gasto discrecional” utilizados para proporcionar servicios privados valiosos en el estado de bienestar; (2) los “mercados internos” introducidos desde los primeros años 1990 para reformarlos; y las soluciones híbridas que habían sido ya utilizadas extensamente por el estado liberal desde el siglo XIX para ofrecer este tipo de servicios que proporcionan utilidad privada, incluyendo entre tales híbridos (3) los “centros de ingresos” basados ​​en el cobro de tasas y tarifas a los usuarios; (4) los sistemas de “franquicia” o “concesión” que retribuyen con el excedente de cada oficina a los funcionarios públicos responsables de ella, que suelen ser aquellos cuyas tareas tienen un mayor contenido profesional; y (5) la variante “privatizadora” contemporánea, en la que el Gobierno contrata la prestación de todo el servicio con una empresa. 

Esta comparación sugiere que las soluciones híbridas permiten a las fuerzas del mercado desempeñar un papel más efectivo en la organización de los registros públicos porque se limitan a actuar sobre unas pocas variables, lo que hace posible disponer incentivos más fuertes y, al mismo tiempo, reduce la necesidad de crear grandes y costosas unidades administrativas dedicadas a tareas de planificación y supervisión. 

Documento completo

Arruñada, Benito (2021). «The Organization of Public Registries: A Comparative Analysis.» FEDEA, Documentos de Trabajo no. 2021-13, Madrid.

Actualización del documento “Interpretación positiva del derecho concursal español y propuestas para una reforma equilibrada” de Benito Arruñada

Fedea actualiza hoy en su web el documento citado. La nueva versión describe el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley Concursal para transponer la Directiva (UE) 2019/1023 sobre reestructuración e insolvencia y valora su contenido sobre la base del diagnóstico del sistema concursal efectuado en el propio trabajo. 

La valoración general que merece la reforma es positiva, tanto en cuanto al diagnóstico como a las soluciones que dispone respecto, especialmente, a los planes de reestructuración y al nuevo procedimiento para microempresas. 

La Exposición de motivos del Anteproyecto incluye un diagnóstico que en buena medida coincide con los argumentos que defiende el Documento, pues señala como dos de los tres problemas esenciales del concurso de acreedores el excesivo “judicialismo” y el considerar el convenio como “solución normal” del concurso, cuando, de hecho, es en realidad un desenlace excepcional. 

Los principales logros de la reforma se refieren a la mayor libertad que concede a las partes para configurar los planes de reestructuración, y al menor papel que otorga al juez y al administrador concursal, tanto en la reestructuración como en el nuevo procedimiento para microempresas, por lo que jueces y expertos podrán ahora centrarse en desempeñar aquellas funciones para las que cuentan con verdadera ventaja comparativa. 

El Anteproyecto yerra, sin embargo, al mantener los créditos públicos fuera del perímetro de afectación e incluso aumentar sus privilegios, todo ello en contra de lo que dispone la propia Directiva.

La nueva versión del documento puede descargarse aquí.

Economistas, jueces y académicos piden mejoras en la reforma concursal

Entre las principales demandas se encuentran: Eliminar los privilegios del crédito público –sobre todo en segunda oportunidad– especialmente para pequeños emprendedores y personas físicas; adecuar los tiempos judiciales a las exigencias de una economía dinámica y competitiva, pero sin merma de garantías para los acreedores; testar previamente los formularios electrónicos y avances digitales que se anuncian para que puedan ser eficientes y funcionen correctamente; incorporar medidas pre-pack para agilizar los procesos de venta de unidades productivas en los trámites preconcursales, e incluir medidas de mediación concursal, acuerdos extrajudiciales de pagos y convenios como herramientas complementarias contra las situaciones de insolvencia.

Madrid, 9 de septiembre de 2021.-  Aunque el Anteproyecto de Ley de reforma del texto refundido de la Ley Concursal –que en estos momentos se encuentra en tramitación–supone, en general, un avance, cabe introducir mejoras en algunos aspectos que, de no ser tomados en consideración, podrían dar al traste con los objetivos de dicha norma. Entre ellos se encuentran  la necesidad de eliminar los privilegios del crédito público –sobre todo en segunda oportunidad– especialmente para pequeños emprendedores y personas físicas; adecuar los tiempos judiciales a las exigencias de una economía dinámica y competitiva, pero sin merma de garantías para los acreedores; testar previamente los formularios electrónicos y avances digitales que se anuncian para que puedan ser eficientes y funcionen correctamente; incorporar medidas pre-pack para agilizar los procesos de venta de unidades productivas en los trámites preconcursales, e incluir medidas de mediación concursal, acuerdos extrajudiciales de pagos y convenios como herramientas complementarias contra las situaciones de insolvencia.

Esta es la principal conclusión del coloquio organizado por el Registro de Economistas Forenses (REFOR) –órgano especializado en materia de insolvencias del Consejo General de Economistas– y la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea)  que se ha celebrado hoy en formato virtual bajo el título Retos del modelo concursal español, en el que han participado economistas, jueces y académicos para debatir sobre el modelo que necesita España para ayudar a reflotar empresas en dificultades pero viables y evitar así que acaben en liquidación.

Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas de España, y Ángel de la Fuente, director de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), han sido los encargados de presentar el acto, en el que han participado el magistrado de lo mercantil José María Fernández Seijo;  los administradores concursales y expertos en restructuraciones del REFOR Xavier Domènech y Rubén García Quismondo; y  el catedrático de Organización de Empresas de la UPF  y colaborador de Fedea, Benito Arruñada. El cierre del acto ha corrido a cargo de Juan Carlos Robles, presidente del Registro de Economistas Forenses (REFOR-CGE), quien ha expuesto las  principales conclusiones de la Jornada y  ha planteado algunas propuestas concretas de cara a mejorar el tratamiento de las insolvencias en nuestro país, que previamente habían sido consensuadas por todos los intervinientes. 

En la presentación del acto, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, ha señalado que, “si bien en una primera lectura de la reforma concursal pueden apreciarse cambios positivos –como la incorporación de un nuevo sistema concursal para microempresas, el impulso de los planes de reestructuración o el necesario avance digital–, en una lectura con más detenimiento se observan algunas deficiencias como la poca claridad de la regulación del administrador concursal y de las nuevas figuras que desarrolla –como el experto en reestructuración o el pre-packer–“. Según Pich, “en algunos puntos el anteproyecto se aleja de la Directiva de Insolvencia que se traspone y de la práctica habitual concursal europea e internacional,  principalmente en el incremento de los privilegios del crédito público, por lo que la segunda oportunidad va a ser muy difícil de conseguir para pequeños emprendedores y personas físicas”.  

Por su parte, el director de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), Ángel de la Fuente, ha afirmado que  “en el anteproyecto se opta por potenciar los procedimientos preconcursales, ampliando su ámbito de aplicación, posibilitando su inicio temprano y tratando de facilitar la aprobación de acuerdos entre las partes, así como por agilizar las liquidaciones y facilitar la venta de unidades productivas en funcionamiento. Todo esto me parece positivo y ayudará a mejorar el funcionamiento del sistema. También me parece correcta la apuesta por la digitalización para reducir costes y agilizar procedimientos, aunque plantea riesgos mientras se perfecciona el sistema que habría que tratar de minimizar manteniendo mecanismos de flexibilidad y ayuda al usuario”. Su intervención ha concluido planteando una objeción. Para de la Fuente “se ha perdido la oportunidad de terminar con los anacrónicos privilegios del crédito público, que no tienen sentido en términos de equidad o de eficiencia”.

El primero en intervenir en el debate ha sido Benito Arruñada, catedrático de Organización de Empresas de la Universidad Pompeu Fabra y colaborador de Fedea, para quien “el derecho concursal español sufre un excesivo protagonismo judicial y unas reglas que intentan favorecer la continuidad ex post, pero sólo logran retrasar la liquidación de empresas inviables. Como consecuencia, los participantes en la empresa (incluidos los propios deudores, que en otro caso no accederían al crédito) tienen interés ex ante en estructurar las transacciones de tal modo que eviten su recurso al propio procedimiento concursal”.

A continuación, José María Fernández Seijo, magistrado de lo Mercantil de Barcelona ha analizado las medidas necesarias para que los procedimientos judiciales de insolvencia sean más ágiles y eficaces con el objetivo de adecuar los tiempos que necesitan las empresas con los tiempos y garantías del proceso judicial. Así mismo ha abordado las disfunciones que se plantean en la tramitación de los concursos, los tiempos muertos y su incidencia en la pérdida de valor o de oportunidades de las empresas, analizando las propuestas de agilización. En este sentido, Fernández Seijo considera que “los retos del modelo concursal español deben centrarse en conseguir procedimientos más ágiles, más eficaces, en los que los tiempos judiciales se adecúen a las exigencias de una economía dinámica y competitiva, perosin merma de garantías para los acreedores”.

Según Xavier Domènech –administrador concursal, experto en reestructuración y miembro del Consejo Directivo del Registro de Economistas Forenses (REFOR-CGE)–, “tras 20 años de la incorporación formal del economista como uno de los agentes claves en los procesos de resolución de las insolvencias, las sucesivas reformas y modificaciones que ha precisado la legislación han ido incrementando la importancia de conceptos de clara esencia económica. Planes de reestructuración, planes de viabilidad, valoración de empresas y negocios, management de empresas en dificultades… La lectura del Anteproyecto por el que se transpone la Directiva no sólo confirma la anterior tendencia sino que consolida de forma clara esta actividad profesional en la que los economistas podremos seguir especializándonos”. 

Para Rubén García Quismondo –administrador concursal en España y Reino Unido, colaborador del REFOR-CGE en asuntos internacionales y miembro del mismo–, “con motivo de la transposición de la directiva europea de insolvencia y reestructuración, se ha publicado un anteproyecto de ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley Concursal; y se ha aprovechado  dicha transposición para promover profundas transformaciones procesales, del derecho concursal español, sobre sus operadores, sobre los procedimientos en sí, sobre los administradores concursales…, dando preponderancia a mecanismos de solución de la crisis extrajudiciales, minimizando la intervención judicial, buscado la eficiencia y eficacia de los procesos, su celeridad y el menor daño reputacional, e implementando mecanismos de reestructuración empresarial y de la persona natural”.

El último en intervenir ha sido Juan Carlos Robles, presidente del Registro de Economistas Forenses (REFOR-CGE), quien ha señalado que “el Anteproyecto de reforma concursal, si bien dibuja el espíritu de la Directiva, deja de abordar algunas líneas que consideramos esenciales para la gestión eficiente de las insolvencias en España. Aspectos como la no profesionalización de los procedimientos de reestructuración ni de las soluciones de venta exprés de unidades productivas, la eliminación de los administradores concursales en procedimientos de microempresas o el mantenimiento de la sobreprotección del crédito público podrían dar al traste con los objetivos perseguidos por el anteproyecto”.

Según Robles, en el debate ha quedado claro que las medidas encaminadas a evitar los tiempos muertos en los concursos –agilización de la liquidación, procedimiento abreviado, propuesta de regulación especial para microempresas…– han sido muy bienvenidas por parte de todos los intervinientes. 

No obstante, considera que cabe un importante margen de mejora. De ahí que  el acto haya concluido con la exposición, por parte del presidente del REFOR, de 9 PROPUESTAS concretas de cara a mejorar el tratamiento de las insolvencias en nuestro país, que previamente habían sido consensuadas por todos los intervinientes. 

1.- Debería suprimirse el privilegio de los créditos públicos o, al menos, condicionar dicho privilegio a su previa publicidad. Deberían incluirse medidas más flexibles del crédito público en segunda oportunidad, especialmente para pequeños emprendedores y  autónomos, y personas físicas con menos recursos.

2.- Debería permitirse la conversión de créditos públicos en una nueva forma de quasi-equity: la deuda tributaria contingente (a la vuelta a beneficios de la empresa en reestructuración), cuya devolución podría realizarse mediante recargos en impuestos sobre beneficios futuros.

3.- Sería conveniente establecer en el Anteproyecto de Ley las condiciones profesionales para ser Administrador concursal, experto en reestructuraciones y pre-packer.

4.- Sería conveniente que se testara y probara el conjunto de nuevos formularios concursales electrónicos previstos, que todavía no se conocen, antes de su puesta en marcha para evitar ineficiencias que podrían colapsar el funcionamiento de los juzgados mercantiles.

5.- Debería mejorarse la colaboración entre entidades privadas y públicas de cara al establecimiento de mecanismos de alerta temprana para los deudores en riesgo de insolvencia.

6.- Sería conveniente incluir medidas de mediación concursal, acuerdos extrajudiciales de pagos y convenios, que con la reforma han quedado descafeinados y relegados, como herramientas complementarias contra las situaciones de insolvencia.

7.- Sería necesario incorporar medidas pre-pack para agilizar los procesos de venta de unidades productivas en los trámites preconcursales.

8.- Deberían aclararse cuestiones mal resueltas hasta el momento de ámbito mercantil y laboral en relación con las sucesiones de empresa tras la venta de unidades productivas, con el fin de no obstaculizar indebidamente tales transmisiones.

9.- En el anteproyecto debería destacarse la necesaria formación continua del profesional para adaptarse a los constantes y profundos cambios introducidos en poco tiempo en el área preconcursal y concursal. 

Video integro del evento «Retos del modelo concursal»

Jornada virtual en abierto: Retos del modelo concursal en España

El próximo 9 de septiembre de 10:00 a 11:30, celebraremos junto al Registro de Expertos en Economía Forense del Consejo General de Economistas la jornada virtual «Retos del modelo concursal español» con la participación entre otros de Ángel de la Fuente Moreno y Benito Arruñada.

Directo

Presentación

La crisis provocada por la pandemia ha producido, entre otras consecuencias, un vuelco en materia de insolvencias empresariales. En un contexto de cambio en el ámbito concursal generado fundamentalmente por la adaptación de nuestro ordenamiento jurídico a la Directiva de Insolvencia, cabe ahora preguntarse qué modelo necesita nuestro país para ayudar a la empresas viables a
reflotarse y evitar, en la medida de lo posible, que acaben en liquidación.

Esta sesión tiene por objeto reflexionar sobre los retos de nuestro país –a medio y largo plazo– en el ámbito concursal. Para ello, hemos estimado conveniente enfocar esta jornada desde diferentes puntos de vista: académico, judicial, profesional e internacional, con objeto de poder obtener una visión panorámica que permita alumbrar una serie de ideas que sean de utilidad a los poderes públicos para la toma de decisiones, y a la sociedad en general.

Acceso a la sesión

Retransmisión en directo por YouTube.

Programa

10:00 INAUGURACIÓN DE LA JORNADA
Valentín Pich. Presidente del Consejo General de Economistas de España (CGE).
Ángel de la Fuente. Director de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea).

Presentación de Ángel de la Fuente: «Sobre el anteproyecto de ley de reforma concursal»

10:10 “Derecho concursal español y claves para reorientarlo de cara a la recuperación”
Benito Arruñada. Catedrático de Organización de Empresas de la Universidad Pompeu Fabra y colaborador de Fedea.

10:30 “La visión de los jueces ante la reforma concursal (el papel que estos juegan y el que deberían jugar)”
José María Fernández Seijo. Magistrado de lo Mercantil, Barcelona.

10:50 “Tratamiento del ámbito de las insolvencias desde el punto de vista de un profesional económico”
Xavier Domènech. Administrador concursal y experto en reestructuración, miembro del Consejo Directivo del Registro de Economistas Forenses (REFOR-CGE).

11:10 “La necesaria visión internacional concursal: experiencias realizadas en otros países que podrían ayudar para el caso español”
Rubén García Quismondo. Administrador concursal en España y Reino Unido. Miembro del REFOR-CGE.

11:30 “Conclusiones de la Jornada”
Juan Carlos Robles. Presidente del Registro de Economistas Forenses (REFOR-CGE).

11:35 FIN DE LA JORNADA

Economía de la Empresa y Organización Industrial

https://fedea.net/jornada-virtual-en-abierto-retos-del-modelo-concursal-en-espana/

Las opiniones recogidas en estos documentos son las de sus autores y no coinciden necesariamente con las de FEDEA.