Investigación

¿Debería constitucionalizarse la regulación de la financiación autonómica?

Desde hace algún tiempo, se suceden en nuestro país las propuestas, más o menos articuladas, de reforma constitucional. Uno de los ámbitos afectados por esas propuestas es el de la organización territorial de España y, especialmente, el de la financiación autonómica. Un trabajo reciente de Julio López Laborda para FEDEA pretende contribuir a este debate, reflexionando sobre qué principios y normas de la financiación autonómica podrían incluirse en la Constitución.

El autor recomienda mantener las competencias de las que ya dispone el Estado para organizar la financiación regional (sobre hacienda general, poder tributario, solidaridad, etc.) e incorporar a la Constitución los principios y las normas que garanticen la autonomía financiera de las comunidades autónomas y la calidad y previsibilidad de sus ingresos.

Más concretamente, el trabajo propone incluir en el texto constitucional, junto al principio de autonomía financiera en los gastos e ingresos públicos, los principios de equilibrio financiero entre niveles de gobierno y de responsabilidad financiera, y reforzar la posición constitucional de los tributos cedidos como fuente principal de financiación autonómica, cuya atribución a las comunidades autónomas debe venir acompañada, siempre que sea posible, de competencias de aplicación y regulación.

Finalmente, el trabajo también recomienda que la Constitución recoja y defina el principio de nivelación de las comunidades autónomas (de régimen común y foral), determine los instrumentos para hacerlo efectivo y fije sus límites.

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